Abusos a los judíos expulsados en 1492

 


El 31 de marzo de 1492 se decretó la expulsión de los judíos de Castilla y Aragón. La decisión final fue de la Corona, no sin una ardua deliberación porque ello suponía la pérdida de unas rentas especialmente importantes, debido a que se pagaban directamente y habían contribuido a financiar la conquista de Granada. Pero la presión de la Inquisición en ese sentido (que consideraba que esa comunidad influía sobre los conversos para interrumpir su aceptación de la nueva fe, de ahí la instauración del tribunal), el antisemitismo instalado en la mentalidad desde siglos atrás (desde el siglo XIV la relativa convivencia entre culturas se había ido deteriorando, generalizándose conflictos y pogromos) y la caída de la propia Granada (interpretada por el rey Fernando como una señal divina) inclinaron la balanza. 
 
En realidad ya hubo un precedente en 1483 con la expulsión de los judíos de Andalucía (y de Zaragoza y Teruel), que al final no se llevó a la práctica. Ahora, el edicto daba de plazo hasta el 31 de julio para aceptar el bautismo o abandonar el país. Un plazo muy limitado porque las condiciones prohibían que se llevasen moneda acuñada, al igual que caballos, armas y otras mercancías vedadas; tan sólo se les permitían las letras de cambio resultantes de la venta de sus bienes inmuebles, lo que implicaba tener que liquidarlos precipitadamente so pena de confiscación. Como cabe imaginar, ello propició no pocos abusos -a pesar de que los judíos más ricos trataron de ayudar a los desfavorecidos- y las transacciones les obligaron a aceptar casi cualquier precio.
 
Expulsión de los judíos de España, por Emilio Sala (Wikimedia Commons)
 
Así lo testimoniaron varios cronistas de la época. Según la crónica de Andrés Bernáldez, que fue testigo presencial, "andavan rogando con ellas [sus propiedades] e non hallavan quien las comprase; e davan una casa por un asno, e una viña por poco paño o lienço; porque no podían sacar oro ni plata". Se sabe, asimismo, que los capitanes de los barcos encargados de trasladarlos les despojaban de casi todo, a veces incluso de la vida. El propio Bernáldez narra que "iban por los caminos y campos por donde iban con muchos trabajos y fortunas, unos yendo, otros levantando, otros moriendo, oros naciendo, otros enfermando, que no había cristiano que no oviese dolor de ellos".
 
A pesar de ese "dolor" que muchos debieron sentir, otros con menos escrúpulos se aprovecharon de las circunstancias. Un ejemplo de esto es el documento adjunto que vemos a continuación, fechado el 3 de septiembre de 1492 (es decir, al mes siguiente de consumada la expulsión) y conservado en el Archivo General de Simancas. En él se pide información sobre los portazgos cobrados a los judíos a su paso por un monte del Camino Real que iba desde Bóveda a Zamora, desde donde unos treinta mil cruzaron la frontera portuguesa. 
 
 
El portazgo era un impuesto que gravaba el derecho de tránsito o el acceso a una ciudad; una especie de peaje que las autoridades locales recaudaban en nombre de señores y reyes para luego entregárselo. El mencionado en este caso es interesante y está relacionado con los citados abusos porque, entre otras cosas, al parecer se habían cobrado veinticuatro maravedíes a las mujeres embarazadas, el doble que al resto.
 
Imagen de cabecera: Expulsión de los judíos de Sevilla, por Joaquín Turina y Areal (Wikimedia Commons)

Comentarios

Entradas populares de este blog

Firma de Solimán el Magnífico

Los Reyes Católicos ordenan quemar todos los libros musulmanes (1501)

Inicio y evolución de la esclavitud indígena en la América española