Inquisición y moral sexual en la España Moderna
A pesar de los estereotipos tan extendidos, la Inquisición no se preocupó demasiado de la moral sexual de los españoles porque no suponía un peligro importante para la doctrina y los dogmas. Por supuesto, la sexualidad extramatrimonial era contraria a ese sacramento pero resultaba más práctico hacer la vista gorda que intentar meter en vereda a un sector de la población demasiado amplio para abarcarlo. Por eso no había mayor problema en reconocer a los hijos naturales, por ejemplo, y ni siquiera el Concilio de Trento se mostró muy riguroso con la cuestión, aceptando atenuantes como la ausencia prolongada del cónyuge.
Después de la boda (Adrien Moreau) |
De hecho, hasta entonces había en España cierta libertad sexual que venía de muy atrás, motivada por la escasa formación religiosa de la mayoría de la gente. Algo especialmente notorio en el mundo rural, como demuestra que los inquisidores gallegos asumieran aquella situación como algo normal porque los feligreses “dicen a tontas y sin saber lo que dicen y por ignorancia y no con ánimo de hereticar”. No extraña que los visitantes extranjeros se asombraran de lo que veían:
“Tienen [los españoles] un exterior devoto que engañaría fácilmente si no se acompañase de tantas acciones indecentes, no avergonzándose de servirse de las iglesias para teatro de las vergüenzas y lugar de citas para muchas cosas que el pudor impide nombrar”.
(Voyages faites en divers temps en Espagne, en Portugal, en Allemagne, en France et ailleurs, 1699)
Detalle de El jardín de las delicias (El Bosco) |
Ahora
bien, de las reuniones tridentinas salieron una serie de medidas para
atajar lo que se consideraba un problema generalizado de moralidad,
ya que era creencia común que la llamada simple
fornicación, es decir, el sexo
voluntario entre adultos solteros, no suponía pecado, como tampoco
el concubinato o el recurrir a prostitutas. El matiz de la soltería
es reseñable, como el de la voluntariedad, porque cualquier otro
tipo de relación se consideraba delito en la legislación secular.
Un ejemplo podría ser el incesto,
para el que no había disculpa y los practicantes sorprendidos eran
carne de hoguera.
Sesión del Concilio de Trento (Tiziano) |
Pese
a todo, a ojos inquisitoriales, esa licenciosidad implicaba una falta
de respeto a un sacramento como el matrimonio y por eso a mediados
del siglo XVI tomaron cartas en el asunto empezando a cambiar el
panorama. Lo primero que se hizo fue pedir colaboración a la
justicia y, así, por ejemplo, a principios del XVII la cuarta parte
de las causas de los tribunales toledanos eran contra la simple
fornicación. Todos los monarcas dictaron leyes para poner coto a la
situación, alguna tan dura como la que recoge la Novísima
recopilación autorizando al marido a matar a la esposa adúltera (y
si no lo hacía él, podía el padre o el hermano de ella) y a su
amante.
PROSTITUCIÓN
La
literatura picaresca suele aludir a la prostitución como un oficio
muy extendido.
No debían ir muy desencaminados los escritores cuando, como decíamos
antes, los forasteros que visitaban nuestro país atestiguaban algo
parecido, aunque a veces recurriendo a hipérboles como la de
Robert-Alcide de Bonnecase en su libro Voyage
d’Espagne,
en el que cifra en trescientas mil las mujeres públicas sólo en la
corte española. Pero a mediados del siglo XVII había registradas
más de ochocientas
mancebías en
Madrid, lo que permite calcular alrededor de dos
o tres mil profesionales
en la capital.
El concierto (Dick van Baburen) |
Esos
locales trabajaban con licencia de las autoridades civiles y por eso
la Inquisición no los molestó demasiado, centrándose en
las prostitutas
callejeras.
Pero era tal su número en la España Moderna que solía dejar libres a
las denunciadas con una sencilla
advertencia para
que aprendieran la doctrina. Otra cosa eran los burdeles, que no
sufrieron persecución hasta las leyes emitidas ex
profeso por
Felipe IV en sus últimos años, influido por Sor Ágreda y las
reclamaciones inquisitoriales, que sin embargo tuvo que acabar
retirando ante la inutilidad en su aplicación.
BIGAMIA
Más
duro se mostró el Santo Oficio con los casos de bigamia,
castigada con azotes y cinco años de galeras -aún así pena más
leve que las impuestas por la justicia secular-, o la zoofilia,
que aún así sólo se penaba con diez años de penitencia. En esta
última algo se avanzó -o se atrasó, según- porque en el Medievo
sólo se imponía uno, la misma cantidad que se imponía por fornicar
con una viuda porque estaba muy extendida la creencia de que
practicar sexo con équidos, por ejemplo, prevenía las enfermedades
venéreas. Los practicantes de bestialismo eran gente de muy pocas
luces y encuadrados en sectores marginales pero eso nunca se
consideró eximente.
Leda seducida por Zeus transformado en cisne (Veronés) |
En
realidad la bigamia era perseguida tanto por tribunales eclesiásticos
como civiles y, de hecho, las Cortes de Aragón protestaron repetidas
veces porque, según la concordia de 1512, sólo los
obispos podían ocuparse de esos casos, no la Inquisición, que
respondió aduciendo que un bígamo caía en la herejía al burlar el
sacramento matrimonial y por eso continuó sus procesos. Parte de la
preocupación de la Suprema por ese delito estaba en su sorprendente
frecuencia, explicable por la inexistencia del divorcio. Por
eso muchos lo practicaban sin ser realmente conscientes de su
gravedad. En cualquier caso, los juicios por bigamia no constituyeron
más que un 5%.
La mujer entre las dos edades (anónimo) |
SODOMÍA
Sin
embargo hubo dos delitos con los que la Inquisición no transigió:
la sodomía y la solicitación. La
primera, conocida como pecado nefando, tenía consideración de ir
“contra natura” y no sólo se refería al coito entre personas
del mismo sexo sino también entre las de distinto si era anal. Al
igual que pasaba en Francia, se la creía una costumbre originaria
de Italia (vicio italiano, era el nombre eufemístico que
tenía) y había términos diferentes según sus características:
los homosexuales eran maricones; los sodomitas pasivos, bujarrones; y
los simples afeminados o amanerados, mariones. Si eran de sangre azul
(como el conde de Villamediana) solía hacerse la vista gorda -aunque
no siempre- y salían con multas nada más.
El pecado nefando en un antiguo grabado |
En
tiempos de los Reyes Católicos se sustituyó la castración prevista
para esos casos por la hoguera y la confiscación
de bienes, lo que refrendó y amplió Felipe II con su pragmática
de 1598 estableciendo que bastase el testimonio de tres testigos
aunque no se probase el delito. Pero, al contrario que los
implacables tribunales civiles (con Zaragoza a la cabeza), la
Inquisición únicamente solía aplicar ese castigo si el reo tenía
más de veinticinco años. Los menores eran azotados y mandados
a galeras (que a menudo venía a suponer la muerte
también, sólo que más lentamente), pena que tendió a
extenderse a todos cuando empezó a haber necesidad de galeotes. Es
posible que esa liviandad inquisitorial se debiera a que una buena
parte de los acusados eran sacerdotes
El tribunal
valenciano se distinguió especialmente en esta persecución,
sobre todo durante el reinado de Felipe III, quien autorizó a los
inquisidores a actuar en la ciudad (antes, los fueros permitían
cierta libertad ideológica o religiosa). No obstante, Valencia y
Aragón fueron excepciones porque la sodomía fue perseguida
básicamente por la justicia civil desde que la
Inquisición renunciara a esa jurisdicción -salvo cuando implicase
herejía- en 1509.
Auto de fe (Pedro de Berruguete) |
SOLICITACIÓN
La
otra gran preocupación inquisitorial fue la solicitación,
es decir, el requerimiento amoroso del sacerdote a las mujeres
durante la confesión. Se consideraba un caso de corrupción de la fe
por cuanto vulneraba el carácter sagrado del sacramento; si la
solicitación era antes o después de éste ya no resultaba tan
grave, como tampoco si era la mujer la que hacía el ofrecimiento y
el cura se dejaba seducir, en cuyo caso se llamaba solicitación
pasiva y
podía redimirse con la mera disciplina impuesta por el confesor
del religioso.
El monje y la monja (Cornelis van Haarlem) |
El
famoso inquisidor Fernando
de Valdés y Salas fue
quien obtuvo la autoridad del papa Pío IV en 1561 para que el Santo
Oficio se ocupara del problema. Para ello se le dio a la solicitación
el carácter de herejía, ya que, como pasaba con la bigamia,
pervertía el sacramento. Era en ese momento cuando los sacerdotes
aprovechaban su posición de superioridad
sobre las penitentes y,
en algunos casos, la reincidencia llegaba a ser abrumadora: el
párroco de Baniganim, por ejemplo, fue procesado en 1608 por seducir
a veintinueve mujeres “con
palabras lascivas y amorosas para actos torpes y deshonestos”.
Valdés Salas en un grabado decimonónico |
Resulta
curiosa la medida tridentina adoptada a finales del siglo XVI para
poner coto a estas situaciones: los confesionarios,
herramientas que hacían de barrera física manteniendo separados a
ambos. Hubo otras indicaciones de nuevo cuño, como prohibir a los
curas entrar en tabernas o participar en los festejos nupciales más
allá de oficiar la ceremonia. Como siempre, resultó más fácil
dictar la norma que hacerla cumplir y fue algo especialmente obvio en
la costumbre de los párrocos de tener mancebas,
que persistió a pesar de los miles de sanciones dictadas.
El confesionario (Lorenzo Casanova) |
QUIETISMO
El
verdadero problema de la solicitación era su presunta conexión con
una doctrina que tuvo su auge en la segunda mitad del siglo XVII:
el quietismo. Derivado del iluminismo y con cierto
parecido al budismo u otras religiones orientales, era un misticismo
que buscaba la unión con Dios mediante la contemplación pasiva y la
indiferencia de lo que a uno pudiera pasarle en tal estado. Así
que la Inquisición tomó cartas en el asunto en 1678. Molinos, que
respondió publicando Defensa de la contemplación,
poco después incluida con las demás en el Índice de
libros prohibidos, fue encarcelado,
torturado y condenado a prisión, donde
murió once años más tarde tras abjurar. El quietismo pervivió
varias décadas e incluso varios obispos, como los de Cambrai y
Oviedo tuvieron que retractarse de ideas parecidas ya en el siglo
XVIII.
Miguel de Molinos en un libro de época |
Su
creador fue un sacerdote español llamado Miguel de
Molinos (por eso se conoce también como molinosismo) que
plasmó sus ideas en una obra titulada Guía espiritual , publicada
en 1675, en un principio con el visto bueno inquisitorial. Pero, al
parecer, ese movimiento devino en cierta relajación de la
moral sexual en muchos conventos, ya que Molinos tenía
licencia para confesar monjas precisamente. “Se mata al
pecado con el pecado: tu cuerpo ya no te pertenece y, entregado a
Dios, no peca por más que haga” dejó dicho un quietista
anónimo.
Bibliografía:
-BENNASSAR,
Bartolomé: Inquisición
española: poder político y control social.
-DELEITO
y PIÑUELA, José: El desenfreno erótico.
-KAMEN,
Henry: La Inquisición española.
-LLORCA,
Bernardino: La Inquisición española.
-PÉREZ,
Joseph: Crónica de la Inquisición en España.
-SARRIÓN
MORA, Adelina: Sexualidad y confesión.La solicitación ante el
tribunal del Santo Oficio (siglos XVI-XIX)
-VVAA: Atlas
ilustrado de la Inquisición española.
Imagen de cabecera: Escena de la Inquisición (Víctor Manzano y Mejorada)
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